lunes, 18 de octubre de 2010

Este blogg se viene con novedades

Hola a todos los que hasta el día de hoy leen y comentan este blog. Soy conciente de que he dejado de escribir hace ya algunas semanas y no he continuado en forma constante con el desarrollo de este blog, pero eso se debe a que estoy por introducir algunos cambios, y a implementar algunas novedades.

En adelante los posteos serán videos cortos donde explicaré brevemente los temas a tratar, y en algunas oportunidades si el tema lo amerita, tendré a algún invitado a mi blogg, un experto en materia contable, tributaria o financiera, para que de mayores alcances del tema de su especialidad.

Bueno queridos lectores, hasta muy pronto.

Saludos cordiales.

Miguel Díaz
CCG Consulting S.R.L

martes, 3 de agosto de 2010

Principio contable de devengado - Segunda parte

Como indique en el anterior posteo, el principio del Devengado es fundamental a la hora de reconocer los resultados (ingresos y gastos), en esta oportunidad nos toca escribir sobre el devengado de los ingresos y vamos a considerar básicamente 2 situaciones con la cual nos podemos tropezar en el día a día de nuestro quehacer profesional.

Antes del cobro de un activo: Consideremos que somos los contadores de Samsung Sony S.A.C una empresa que se dedica a la venta de artefactos al por menor. En el mes de julio 2010 nuestra compañia ha realizado la venta de 100 televisores plasma, de los cuales se ha realizado su entrega a los clientes, emitiendo las correspondientes facturas, las mismas que serán declaradas para efectos del impuesto a la renta (ganancias). Pues bien, el principio del devengado nos dice que debemos reconocer estos ingresos, independientemente se hayan cobrado o no. Ojo, con el enunciado, independientemente se hayan cobrado o no, no indica si se haya facturado o no, aqui usualmente surgen los problemas, he visto casos donde las empresas ya realizaron la venta (entrega del bien) y sin embargo por un tema de falta de facturación dejan de reconocer los ingresos devengados al mes correspondiente.

Después del cobro de un activo: Voy a utilizar el mismo caso expuesto, sólo que ahora en lugar de que los 100 televisores hayan sido entregados, estos equipos sólo han sido facturados y cobrados. Aqui surge un cuestionamiento que seguro a muchos les ha sucedido alguna vez, estamos frente a una operación de ventas? Se debe reconocer el ingreso?. La respuesta es un rotundo no, recordemos el enunciado, los ingresos se deben reconocer independientemente se haya cobrado o no. Para el caso descrito, se ha facturado y se ha cobrado, pero eso no es suficiente para reconocer el ingreso, pues no se ha devengado, no se ha realizado la transferencia de riesgos y beneficios del uso del activo.

Para complementar lo comentado en este último posteo, pueden revisar la NIC 18 Ingresos.

Este ha sido el aporte de hoy.

Saludos

Miguel

jueves, 10 de junio de 2010

El Principio Contable Devengado - Primera Parte

Sin lugar a dudas el principio contable del devengado es uno de los principios que en algún momento de nuestra etapa universitaria nos cuesta comprender y aplicar. Para efectos de ser didacticos en el tratamiento de este principio, voy a dividir en 2 partes este posteo.

En la primera parte vamos a abarcar todo lo relacionado con el principio del devengado en relación al reconocimiento de gastos y en una segunda parte sobre los ingresos.

Pues bien empecemos!!!

En el Perú, y seguramente esto aplica a otros paises de la región Latinoamericana, los Estados Financieros se preparan bajo el criterio de lo "devengado", a excepción del Estado de Cambios en el Flujo de Efectivo cuyo criterio de elaboración es de lo "percibido".

El principio de lo Devengado es fundamental a la hora de reconocer los resultados (ingresos - gastos) de una empresa, por eso bajo este principio los gastos se reconocen en libros contables cuando se incurre en los mismos, independientemente si se han pagado o no.

A continuación analizaremos algunas situaciones donde esta presente el criterio de lo devengado:

Antes del pago de un pasivo: Imaginemos que la empresa Toyota S.A recibe un servicio publicitario correspondiente al mes de abril del 2010, dichos servicios fueron prestados integramente en ese mes y fueron facturados el 30 de abril por un total ascendente a S/ 50,000 y pagados en el 15 de mayo 2010. La pregunta que surge es: A que mes corresponde ese gasto?. 
En este caso el gasto se ha devengado en el mes de abril 2010, ya que a partir de ese momento ha surgido para Toyota S.A un pasivo derivado del servicio recibido en ese mes, no interesa si se ha pagado o no, la obligación existe.

Después del pago de un pasivo: Imaginemos que la empresa Toyota S.A requiere de un almacén para la custodia de los nuevos modelos que van a importar para el Perú. Encuentra un almacén acorde a sus necesidades y decide arrendarla de su proveedor Depositos S.A.C, empresa que le exigue el pago de 1 año de alquiler por adelantado. Esta operación se concreta en el mes de junio 2010, teniendo como fecha de término junio 2011. La pregunta que surge es, el gasto de que periodo es?
Algunos pensarian que el gasto corresponde a junio 2010, pero lo cierto es que no, el servicio de alquiler se devengará en junio 2011, por lo cual se debe reconocer el gasto mes a mes conforme se va utilizando el almacén.

Sin que exista pago de una obligación: Existen gastos que son dificiles de identificar, el profesional contable debe estar alerta para detectar aquellos elementos que componen los Estados Financieros de la empresa, y que pueden generar o han generado una pérdida que se encuentra pendiente de revelación, como por ejemplo las pérdidas por desvalorización de existencias, los mismos que deben identificarse y reconocerse.

Saludos

 

jueves, 3 de junio de 2010

Principio Contable de Uniformidad

Este principio tambien conocido como "Consistencia", se refiere a la Uniformidad metodologíca del tratamiento contable. Algunas guías de estándares son necesarias para asegurar un alto grado de comparabilidad de los EE.FF. periódicos de una empresa. La consistencia exige un cierto grado de uniformidad en los sistemas y métodos contables respetando los PCGA. Si los PCGA, son aplicados inconsistentemente, los resultados quedan perturbados y perdería efectividad la información contable para la toma de decisiones de la administración. La consistencia contable se puede formalizar expresando los sistemas contables en modelos o "planes contables".

Para entender el princio contable, un ejemplo de no cumplimiento de este principio se presenta cuando la Gerencia procede a cambiar alguna politica contable de la empresa, o cambia algún metodo de tratamiento contable, como por ejemplo el metodo de depreciación, o el metodo de valorización de existencias, o el metodo para provisionar cuentas incobrables, etc.

El cambio de metodos en el tratamiento contable, provoca que las partidas de los Estados Financieros no sean comparables, y es justo la COMPARABILIDAD una cualidad importante de la información contable, pues una información sobre una compañía es mas útil si puede compararse con otras empresas del mismo sector económico o industria (comparación ínter - compañías), o también comparable con la información de periodos anteriores de la propia empresa (comparación intra - compañia). Esta característica cualitativa de la información contable es utilizada por los analistas financieros.
En resumen:


La registración contable y los estados financieros resultantes deben ser elaborados mediante la aplicación de los mismos criterios de identificación, evaluación y exposición durante los periodos en que se exponen las actividades del ente.

Saludos

martes, 25 de mayo de 2010

Principio Contable de Unidad Monetaria

Este principio contable establece que la medición de los hechos contables se debe realizar en una "Unidad Monetaria" la cual convierte a todos los elementos patrimoniales heterogeneos en homogeneos, es decir en un común denominador de medición contable y base para la elaboración de Estados Financieros.

Para el caso Peruano, es conocido que la "Unidad Monetaria" sobre la cual se elabora los Estados Financieros y se determinan todas las obligaciones tributarias es el "Nuevo Sol". En el código tributario peruano, en el capitulo IV - Obligación de los Administrados, articulo 87, se indica que los administrados (deudores tributarios) están obligados a facilitar las labores de fiscalización de la Administración Tributaria, por lo cual deberán llevar libros de contabilidad y otros registros en idioma castellano y expresados en moneda nacional.

Se puede llevar Contabilidad en Dólares?

Si se puede, en el mismo articulo se hace referencia a una excepción. Salvo que el contribuyente (deudor tributario) reciban y/o efectúen inversión extranjera directa en moneda extranjera, de acuerdo a los requisitos que se establezcan según Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, y que al efecto contraten con el Estado, en cuyo caso podrán llevar contabilidad expresada en dólares americanos, sin embargo deben considerar:
a) La presentación de la declaración y el pago de los tributos, así como el de las sanciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes, se realizarán en moneda nacional. Para tal efecto, mediante Decreto Supremo se establecerá el procedimiento aplicable.
b) Para la aplicación de saldos a favor generados en periodos anteriores se tomarán en cuenta los saldos declarados en moneda nacional.

Asimismo, en todos los casos las Resoluciones de Determinación, Órdenes de Pago y Resoluciones de Multa u otro documento que notifique la Administración Tributaria, serán emitidos en moneda nacional.

Para concluir con este principio, queda claro que la información contable se prepara en base a una misma unidad, para efectos de que los Estados Financieros sean "Comparables", de un periodo a otro, y para el caso de la Administración Tributaria, para facilitar sus labores de fiscalización.

martes, 23 de marzo de 2010

El Principio Contable de Realización

Continuando con los comentarios sobre los principios contables dinamicos, en esta ocación tratare el principio de Realización.
Este principio establece que la ocurrencia de hechos economicos - financieros se deben computar (registrar) cuando sean realizados es decir cuando la operación que lo origina queda perfeccionado por las practicas comerciales de la empresa u obligadas por la legislación vigente.

Las operaciones y eventos económicos que la contabilidad cuantifica se consideran realizados cuando:
• Se ha efectuado una transacción con otros entes económicos por ejemplo una compra - venta de bienes y servicios.
• Ha tenido lugar una transacción interna que no modifica la estructura de los recursos o sus fuentes, por ejemplo el costo del proceso productivo.
• Han ocurrido eventos económicos externos a la empresa o derivados de operaciones de estos y cuyo efecto puede cuantificarse razonablemente en términos monetarios, por ejemplo los ajustes por inflación.
Hasta aquí nos queda claro, que toda transacción que modifica la estructura patrimonial (activos, pasivos, capital) y los resultados (ingresos y gastos), deben ser reconocidos a través del registro contable.

Cuando comentamos sobre el principio de periodo (ver posteo anterior), se utilizo un ejemplo sobre el reconocimiento de una venta, para deslindar a que periodo correspondia la operación, determinando que era una venta en el periodo 2010 y no en el 2009 como la mayoría habria supuesto, y esto porque la operación de venta no se habia completado o no se habria realizado aún. De este parrafo podemos colegir, que la utilización de un principio contable no se da en forma aislada, cuando nos encontremos analizando una operación puede aparecer los criterios de varios principios contables a la vez, y cual prevalece? pues la respuesta es todos, los principios no se contradicen y los criterios de todos debe prevalecer.

Saludos

lunes, 15 de marzo de 2010

El Principio de Valuación al costo

Siguiendo con los principios contables dinamicos, en esta ocasión comentare sobre el principio de valuación al costo, conocido tambien como valor historico. Este principio nos indica que las transacciones en las que incurre una empresa deben ser registradas a su valor historico de adquisición, producción o construcción.

Este principio constituye el criterio principal y básico en la valuación del patrimonio de un ente económico, y se preguntarán porque?. Si recuerdan el principio de estructura patrimonial notarán que este principio tiene una relación directa con el de valuación al costo, el cual nos indica que toda empresa tiene una estructura de activos, pasivos y patrimonio sobre la cual opera y esta estructura para ser reconocida y/o registrada hace uso del principio de valor historico o valuación al costo.

Ejemplo: La empresa Autos Deportivos S.A empresa dedicada a la fabricación y ensamblaje de autos deportivos, importa insumos como acero de todas partes del mundo, como contadores sabemos que estos insumos formaran parte de los activos corrientes en calidad de inventarios, la pregunta que surge, y como se registrará el costo de estas compras en el activo corriente?

Pues el principio nos indica que se debe registrar el valor historico de adquisición, el mismo que comprenderá el precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos no recuperables, asi como el flete, almacenamiento y otros costos directamente atribuibles a la importación de los insumos.

Cuando los insumos hayan pasado a la etapa de producción y se conviertan en autos deportivos (productos terminados), el principio de valuación nos indica que los costos de transformación a los inventarios comprenden aquellos costos directamente relacionado con las unidades producidas, es decir, costo de materia prima (insumos), mano de obra, y costos indirectos incurridos para transformar las materias primas en productos terminados.

Se puede seguir con los ejemplos, pero considero que hasta aqui queda claro, el principio de valuación al costo nos indica que el costo original de adquisición, producción o construcción debe ser el adecuado para reflejar el valor de los derechos y obligaciones en el momento de su incorporación al patrimonio de la empresa.

Saludos

Miguel